El Ministerio de Energía y Minas de Perú (MINEM) presentó un proyecto de decreto supremo orientado a establecer un marco normativo unificado para la planificación energética nacional, con horizonte de largo, mediano y corto plazo que contemplará escenarios para la energía solar fotovoltaica y los sistemas de almacenamiento. La propuesta fue difundida mediante la Resolución Ministerial N.º 270-2026-MINEM/DM, fechada el 8 de julio y publicada en el diario oficial El Peruano el 9 de julio de 2026.
Qué propone el decreto supremo
La iniciativa establece disposiciones normativas para regular la elaboración, actualización y divulgación del Plan Energético Integrado Nacional de Largo Plazo, así como de los planes de corto y mediano plazo, los balances energéticos, las prospectivas y los informes sectoriales asociados. El objetivo declarado del MINEM es garantizar que estos instrumentos empleen metodologías coherentes, horizontes temporales definidos y criterios comunes de análisis.
La propuesta no fija metas específicas de capacidad instalada para tecnologías renovables ni para el almacenamiento, pero prevé generar los escenarios, balances y proyecciones técnicas que deberán orientar su incorporación gradual al sistema energético peruano.
Implicancias para la energía solar y el almacenamiento
Para el sector fotovoltaico, la norma podría ofrecer una base más sistemática para proyectar la evolución de la demanda eléctrica, los recursos de generación disponibles y las necesidades de expansión de redes. Estos datos resultan relevantes para estimar el espacio disponible para nueva capacidad solar en cada horizonte de planificación y para identificar zonas que requieran inversión adicional en transmisión o distribución.
En materia de almacenamiento de energía, los análisis de planificación deberán contemplar la variabilidad de la generación fotovoltaica y la necesidad de recursos de flexibilidad. Los sistemas de baterías podrían figurar en los escenarios como alternativa para trasladar energía desde las horas de mayor producción solar hacia los períodos de mayor demanda y para prestar servicios de soporte a la red.
Contexto regulatorio
La medida se enmarca en un proceso más amplio de actualización normativa del sector eléctrico peruano. En diciembre de 2025, la Sociedad Peruana de Energías Renovables advirtió al Gobierno sobre la falta de reglamentos alineados con la Ley N.º 32249 para modernizar el mercado eléctrico, señalando que las brechas regulatorias podían poner en riesgo más de 20.000 millones de dólares en proyectos privados de generación renovable.
En abril de 2026, el MINEM también publicó un proyecto de reglamento de servicios complementarios que plantea habilitar la participación de sistemas de almacenamiento en la provisión de reservas y regulación de frecuencia. El decreto supremo ahora en consulta no crea por sí mismo mecanismos de remuneración ni dispone la construcción de proyectos específicos, ya que esos aspectos corresponden a otras regulaciones eléctricas sectoriales.
El MINEM sostiene que la iniciativa busca reducir la incertidumbre regulatoria mediante la publicación de información estadística, prospectiva y estratégica que permita anticipar riesgos e identificar oportunidades de inversión pública y privada.
Próximos pasos
La Resolución Ministerial establece un plazo de 20 días calendario para que los interesados presenten comentarios, aportes u observaciones ante la Dirección General de Eficiencia Energética del MINEM. Las contribuciones pueden remitirse a través de la mesa de partes del ministerio o al correo electrónico institucional habilitado para este proceso de consulta pública.